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Sede Trujillo

16/5/11

Estatutos de funcionamiento la Red de Acción Social


INTRODUCCIÓN
La Red de Acción Social nació en el año 2005 cuando un conjunto de organizaciones sociales de inspiración cristiana acordaron unir esfuerzos para promover la Jornadas nacionales de reflexión social, motivados por la necesidad de construir una visión compartida de la realidad del país y de sus posibilidades para nuestra actuación. Desde aquella oportunidad hasta la fecha hemos venido impulsando esta idea las siguientes organizaciones: Caritas de Venezuela, Fe y Alegría, AVEC, AVESSOC, Huellas, Grupo Social CESAP, UCAB, CONVER y el Centro Gumilla. La Conferencia Episcopal, a través de la Presidencia de la Comisión de Pastoral Social nos ha acompañado solidariamente en todo este esfuerzo.

El tiempo ha transcurrido y son muchos los logros obtenidos. Hace poco celebramos la VI Jornada de reflexión social, que esta vez trascendió los límites de nuestras fronteras para convertirse en un encuentro internacional. Desde hace dos años hemos puesto en marcha un exigente Programa común de trabajo que llamamos Hablando se entiende la gente, una iniciativa destinada a promover la paz y la convivencia ante la creciente ola de violencia social que azota al país. El 12 de enero de 2010, la Conferencia Episcopal Venezolana emitió una Carta Pastoral sobre la problemática de la violencia y la inseguridad, en la que invita a los católicos a participar activamente en este programa de trabajo.

La RED también ha crecido y cuenta hoy no sólo con las organizaciones de carácter nacional que la fundaron sino con Capítulos Regionales en Valencia, Barquisimeto, Maracaibo, Mérida, Guayana y el Tigre. Hay otras muchas organizaciones que se quieren hacer parte de este esfuerzo mancomunado y de manera especial quieren sumarse al esfuerzo que adelanta el programa Hablando se entiende la gente.

La Red de Acción Social está en pleno crecimiento, cuenta ya con una larga experiencia de trabajo y ha mostrado ser un canal de actuación para que muchas organizaciones sociales puedan unir esfuerzos para incidir a nivel nacional. Es por ello que algunos de sus miembros nos hemos planteado la necesidad de formalizar nuestra experiencia de funcionamiento en un estatuto de funcionamiento que  facilite la regulación de nuestra forma de trabajo y fortalezca los esfuerzos de cooperación que venimos haciendo.

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CAPÍTULO I: Naturaleza de la RED
Artículo 1.- La Red de Acción Social es un modo de relación y de trabajo articulado que asumen las organizaciones sociales que comparten valores del humanismo cristiano, mediante  mecanismos de cooperación no jerarquizados en trabajos, objetivos y valores comunes. Esta cooperación es un compromiso voluntario que se crea por medio de vínculos personales e institucionales en función de promover la paz, la convivencia y el desarrollo local en Venezuela.
Articulo 2.- Dadas las características de las organizaciones miembros de la RED ésta se articula y operativiza su actuación a través de  estrategias de vinculación de carácter nacional y regional.
Artículo 3.- La duración de la RED estará determinada por el consenso de sus miembros.  

CAPITULO II: Objetivos
Artículo 4.- Los objetivos generales de la RED son:
a)    Generar una visión compartida de Venezuela desde la diversidad de sus regiones.
b)    Fortalecer procesos de construcción de ciudadanía y de trabajo en RED para promover la paz, la convivencia y el desarrollo local en Venezuela.
c)    Fungir como instrumento para la incidencia pública desde las posibilidades de las organizaciones, grupos y personas participantes.
d)    Visibilizar el trabajo amplio y comprometido de organizaciones sociales que comparten valores del humanismo cristiano, en la sociedad.
Artículo 5.- Para el cumplimiento de sus objetivos generales la RED deberá:
a)    Generar espacios periódicos de reflexión y diálogo inter-organizacional a nivel local, regional y nacional.
b)    Promover procesos de comunicación e intercambio entre las organizaciones participantes.
c)    Promover el diseño y ejecución de programas de trabajo comunes a nivel local y nacional.
d)    Organizar anualmente las Jornadas de Reflexión Social a nivel nacional y local.

CAPITULO III: Financiamiento
Artículo 6.- La RED no posee patrimonio alguno, su valor radica en el capital humano de las organizaciones que integran la misma y en los proyectos y alianzas que de éstas se derivan.
Artículo 7.- La RED, a través de la organización que ejerza la secretaría ejecutiva, podrá gestionar proyectos de financiamiento para el desarrollo de sus objetivos comunes bajo diversas modalidades. En este caso, la Secretaría Ejecutiva fungirá como organización contraparte, asumiendo las responsabilidades legales ante las organizaciones cooperantes y gestionando los convenimientos con las organizaciones participantes.
Artículo 8.- Todos los ingresos que por cualquier concepto reciba La RED no otorgarán a los donantes, patrocinantes o cooperantes, sean personas naturales o jurídicas, derecho ni facultad alguna  para intervenir en la dirección, administración o funcionamiento de la RED.
Articulo 9.- La RED no  asumirá los deberes y derechos que le correspondan a cada una de sus organizaciones miembro, con relación a las personas naturales o jurídicas que éstas  contraten o empleen directa o indirectamente para atender tareas o actividades  relacionadas con el cumplimiento de los objetivos propuestos en ella.
 
Capitulo IV: Valores  y Características de esta RED
Artículo 10.-  Los valores compartidos de la RED se derivan de la tradición del humanismo cristiano:

a)    Respeto a la vida como valor absoluto, cuidándola en todas sus formas y sin claudicación, expresando contundentemente nuestro rechazo ante cualquier agresión.
b)    Inclusión, aboliendo  toda práctica e imaginario que alimente la exclusión.
c)    Promoción de la palabra, el diálogo y la negociación como alternativas al uso de la fuerza como mecanismo de resolución de los conflictos.
d)    La paz como una responsabilidad compartida, un deber y derecho de todos.
e)    Conciencia ciudadana que reconozca la diferencia y encuentre el camino de la reconciliación.
f)     Institucionalidad y la cultura democrática como requisitos indispensables para la convivencia
g)    La justicia que brota de la fe

Artículo 11.- La RED está caracterizada por los siguientes patrones de funcionamiento:
a)    Apertura: Las organizaciones pueden entrar o salir de la RED cuando así lo consideren, sin más requisitos que los previstos en este dodumento. El rol que desempeñan dentro de la RED puede variar según el tiempo y las necesidades y las relaciones con su entorno más inmediato pueden también variar.
b)    Interacción y la reciprocidad: La RED comparte recursos, experiencias y capacidades.
c)    Corresponsabilidad: Los procesos de toma de decisiones son colegiados y los compromisos derivados se asumen corresponsablemente.

CAPÍTULO V: De los miembros
Artículo 12.- La RED está integrada por: miembros de carácter nacional, que son todas aquellas organizaciones con presencia nacional y con personalidad jurídica que asumen los estatutos de la RED y han sido admitidos siguiendo los procedimientos establecidos en este documento. Miembros de carácter local y/o regional, son todas aquellas organizaciones locales o regionales, con o sin personalidad jurídica,  cuya presencia está restringida al ámbito local o regional de  su actuación, y han sido admitidas siguiendo los procedimientos establecidos en este documento.

Articulo 13.- Todos los miembros tendrán las siguientes facultades:
a)    Participar en las deliberaciones y acuerdos de la RED a través de los mecanismos y modos de interrelación establecidos para ello.
b)    Proponer representantes para  la secretaría ejecutiva.
c)    Tener acceso a la información, documentación y datos que tenga La RED en relación a su objeto y a las actividades que desarrolla.
d)    Proponer las modificaciones a estos Estatutos que consideren conveniente, a los fines de que sea sometido a la consideración de la RED.
e)    Proponer reuniones extraordinarias de la RED. 
f)     Postular organizaciones para formar parte de la RED

Artículo 14.- Se considerarán deberes para los miembros de la RED  los siguientes:
a)    Velar por el buen nombre de La RED
b)    Respetar los compromisos que se deriven del cumplimiento de los objetivos establecidos en el presente documento;
c)    Apoyar con el mayor interés, y en la medida de sus posibilidades, las iniciativas y acciones necesarias para lograr dichos objetivos
d)    Mantener actualizada a La RED sobre sus datos de ubicación (representante legal, o responsable, correo electrónico, teléfonos de contacto y dirección).

Artículo 15.- Para solicitar su admisión a la RED, las organizaciones, jurídicamente constituidas deben:
a)    Consignar una  carta a la Secretaría Ejecutiva de la RED solicitando el ingreso a la misma y exponiendo los motivos de dicha solicitud.
b)    Consignar copia del Acta Constitutiva
c)    Señalar las personas naturales que representarán a la organización dentro de la RED
d)    Consignar una carta de recomendación de un miembro de la RED
Artículo 16.- Los grupos sin personalidad jurídica, de comprobada trayectoria en el trabajo social solidario que soliciten su incorporación a la RED deben igualmente consignar una carta a la secretaría ejecutiva solicitando el ingreso a la misma, exponer los motivos de solicitud y señalar las acciones que desarrollan actualmente. De igual manera deben consignar carta de recomendación de una organización miembro de la RED.

  Artículo 17.- La cualidad de Miembro se pierde:
a)    Por la renuncia justificada enviada por escrito a la RED.
b)    Por haber sido desincorporado  por el pleno de la RED por no ajustarse su actuación a los presentes estatutos.  
Parágrafo único: En el caso que uno de los miembros desincorporados desee incorporarse nuevamente a La RED, será necesario que presente una comunicación escrita en la cual manifieste su voluntad de reincorporarse.
Artículo 18.- La secretaría ejecutiva llevará un registro de los miembros de la RED.


CAPITULO VI: De La Estructura Organizativa y sus funciones
Artículo 19.-  La RED se compone de las siguientes instancias:
a)    Asamblea General
b)    Capítulos Regionales
c)    Equipo Coordinador
d)    Secretaría Ejecutiva
e)    Vocería



De la Asamblea General
Artículo 20.- La suprema autoridad de la RED reside en la Asamblea General, compuesta por los representantes de los miembros de carácter nacional y por los representantes de los Capítulos Regionales.
Artículo 21.-  En la Asamblea general todos los miembros presentes tendrán voz y voto.
Artículo 22.- Las Asambleas son Ordinarias y Extraordinarias. Las Ordinarias serán convocadas una vez al año por la Secretaría Ejecutiva.  Las Asambleas Extraordinarias se celebrarán tantas veces como sean convocadas, bien sea por la Secretaría Ejecutiva o una cuarta parte de las organizaciones nacionales miembros o de los Capítulos Regionales de la RED.
Artículo 23.- Las Asambleas, tanto Ordinarias como Extraordinarias, se consideran válidamente constituidas para deliberar, cuando estuvieren presentes en ella por lo menos un número de miembros equivalente a la mitad más uno de los miembros de carácter nacional y  de los capítulos regionales activos en la RED. En caso de no constituirse el quórum se hará una segunda convocatoria y se realizará la Asamblea con los miembros presentes.
Artículo 24.- Las convocatorias para las Asambleas Ordinarias o Extraordinarias se realizarán al menos con quince (15) días de anticipación a la fecha pautada, mediante comunicación escrita, dirigida a los participantes a la dirección que conste en los registros de la RED, a través de correo electrónico y confirmación telefónica.
Artículo 25.- Las personas representantes de las organizaciones en la RED podrán ser variables, siempre y cuando se notifique por escrito a la secretaría dicho cambio.  Los mismos deben tener delegación expresa para comprometer a sus organizaciones e instancias.
Artículo 26.- Las funciones de la Asamblea General son las siguientes:
a.    Evaluar la ejecución de los planes previstos y diseñar la planificación anual.
b.    Diseñar las líneas generales para la organización de las jornadas nacionales de reflexión.
c.     Elegir la organización responsable de la Secretaría Ejecutiva para un período de dos (2) años, pudiendo ser reelegibles los mismos miembros por otro período similar.
d.    Aprobar la conformación del Equipo Coordinador.
e.    Considerar las propuestas de modificación del Documento Estatutario y de liquidación o disolución de la RED.
f.     Considerar y aprobar la incorporación o desincorporación no voluntaria de los miembros nacionales y regionales.
g.    Aprobar el diseño de proyectos de financiamiento y la constitución de consorcios dentro de la RED para su gestión.
h.    Aprobar la constitución de nuevos capítulos regionales
i.      En general, conocer y resolver cualquier otro asunto que  sea sometido a su consideración por la secretaría general.
Artículo 27.- De todo lo tratado en la Asamblea General se levantará una minuta que debe ser enviada a todos los participantes.


De los Capítulos Regionales
Artículo 28.-  Los Capítulos Regionales de la RED son instancias regionales de articulación y actuación de la Red de Acción Social y están integrados por todas aquellas organizaciones locales o regionales, con o sin personalidad jurídica,  cuya presencia está restringida al ámbito local o regional de  su actuación, y todas aquellas seccionales o instancias regionales de las organizaciones de carácter nacional que están adscritas a la RED. 
Artículo 29.- Para constituirse un Capitulo Regional se requiere la presencia de al menos de 5 organizaciones interesadas, la disponibilidad de algunas de ellas para asumir la funciones de coordinación y animación, así como de vocería regional. La propuesta de constitución de un Capitulo Regional será presentada a la Secretaría Ejecutiva por sus promotores y aquella la presentará a su vez ante la Asamblea General para su incorporación definitiva. También la Secretaría Ejecutiva podrá promover la conformación de Capítulos Regionales de acuerdo a las necesidades de la RED, teniendo en cuenta los criterios ya mencionados, para ello deberá contar con la aprobación de la Asamblea General. 

Artículo 30.- Los Capítulos Regionales tendrán como función:
a.    Articular sus esfuerzos y capacidades en función de las necesidades locales, los objetivos de la RED y de los planes de trabajo establecidos a nivel nacional.
b.    Planificar y evalúan el desempeño de la RED a nivel regional
c.    Promover alianzas y desarrollan estrategias locales de información e incidencia.
d.    Organizar jornadas de reflexión social Local y su participación en las jornadas nacionales de reflexión social.
Artículo 31.- El Capítulo Regional tiene un Coordinador, que es elegido por sus integrantes por un período de 2 años, pudiendo ser reelecto por un período similar. Sus funciones básicas son: convocar las reuniones, coordinar la planificación de actividades, hacer seguimiento a las mismas y evaluar su desarrollo. Mantiene comunicación permanente con la secretaría Ejecutiva y el equipo Consultivo. Asiste a las Asambleas Generales.
Artículo 32.- La incorporación y desincorporación de las organizaciones a los Capítulos Regionales de la RED se rigen por lo establecido en los artículos 16, 17, 18 de estos estatutos.
Articulo 33.- Los Capítulos Regionales podrán diseñar proyectos de financiamiento para cubrir los costos de las actividades planteadas en sus objetivos y los honorarios de las personas involucradas. En este caso, se debe consultar a la Secretaría Ejecutiva y al Equipo Coordinador y se aplicaran las normas establecidas en los artículos 6-10 de estos estatutos. Se procederá también de la misma forma que cuando se trata de un proyecto nacional. Una organización, legalmente constituida del Capitulo gestiona el proyecto, asumiendo sus responsabilidades legales, pudiendo convenir diferentes formas de alianzas con el resto de las organizaciones del Capítulo regional.



Del Equipo Coordinador
Artículo 34.- Se constituirá un Equipo Coordinador de la RED que se será convocado periódicamente por la Secretaría Ejecutiva para hacer seguimiento del desarrollo del programa de trabajo de la RED a nivel nacional, preparar la convocatoria  a la Asamblea General y  la presentación del informe de gestión por parte de la organización que está ejerciendo las funciones de secretaría general. Hace seguimiento de manera especial a los planes de trabajo nacional y a la preparación de la Jornada nacional de reflexión.

Artículo 35.- El Equipo Coordinador será conformado por todas aquellas organizaciones miembros que se propongan voluntariamente para ello. Por la naturaleza propia de sus funciones, forma parte del Equipo Coordinador la organización que desempeña las funciones de secretaría ejecutiva.

De la Secretaría Ejecutiva:
Artículo 36.- La Secretaría Ejecutiva es la instancia responsable de garantizar la ejecución de los acuerdos y  planes de trabajo aprobados en la Asamblea General, así como de coadyuvar al buen funcionamiento de la RED a nivel general. Por su naturaleza es la encargada de diseñar proyectos globales para el logro de los objetivos de la RED así como de proponer los mecanismos más idóneos para su gestión.

Artículo 37.- La Secretaría Ejecutiva será asumida por una organización miembro regular de la RED, de carácter nacional, elegida en Asamblea General. Esta función tiene un período de dos años pudiendo ser reelecta la organización que la ejerza de manera inmediata para un período similar.

Artículo 38.- La organización que asuma la función de la Secretaría General debe hacerse cargo de los costos de honorarios de la o las personas ocupadas en estas funciones, así como de los otros costos asociados a las mismas.

De la Vocería:
Artículo 39: El Equipo Coordinador de la RED, designará para cada caso y circunstancia que lo amerite una organización miembro de la red que exponga  a nivel nacional y regional, la opinión consensuada de ésta sobre los asuntos de su interés, según mandato expreso en cada caso. Los capítulos regionales escogerán también la organización que servirá de vocera  ante la opinión pública regional de la opinión consensuada del capítulo ante los problemas específicamente regionales.

CAPITULO VII: De la Modificación del Presente Documento y Disolución de La RED se determinará también de acuerdo a las circunstancias propias de las localidades

Artículo 40.- Las propuestas sobre cambio del objeto y reforma, ya sea total o parcial  de estos Estatutos, así como sobre la disolución de La RED, sólo podrán ser sometidas ante la Asamblea General con presencia de 65% de las organizaciones nacionales miembros y de los representantes de los Capítulos Regionales existentes.  Las propuestas deben ser por el 75% de los presentes.
Párrafo Único: En el caso de que la Asamblea de miembros, convocada para discutir sobre el cambio del objeto, reformas de los estatutos, o liquidación  de la RED, no tenga el quórum necesario, se tendrá que realizar una nueva convocatoria de la Asamblea para una fecha posterior, la cual quedará constituida con el numero de miembros que hayan asistido a esa segunda reunión.  


DISPOSICIONES FINALES

Artículo 41.- Todo lo no previsto en los presentes Estatutos se regirá por el consenso de la RED. También cualquier disputa o desacuerdo se resolverá de buena fe entre las partes, buscando siempre el consenso.


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